Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión
Los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión (EMHC) son aquellos recomendados por sus pastores y nombrados por el Obispo diocesano para ayudar con la distribución de la Sagrada Comunión o la exposición del Santísimo Sacramento. Hay tres tipos de citas:
- Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión en la Misa Assists Ayuda cuando los ministros ordenados (sacerdotes y diáconos) necesitan ayuda para distribuir la comunión de manera oportuna a aquellos que están presentes en la Misa.
- Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión fuera de la Misa Appointed Designado para llevar la comunión a los enfermos y ancianos.
- Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión para exponer y reposar al Santísimo Sacramento para la Adoración Eucarística.
Calificaciones de un Ministro Extraordinario de la Sagrada Comunión
Cuando los pastores recomiendan al Obispo candidatos para su aprobación como EMHC, deben tener en cuenta las siguientes calificaciones (del Boletín de Política de la DNU Holy Eucharist 16, 5 de diciembre de 2007):
- Debe tener 18 años y haber recibido todos los sacramentos de iniciación.
- Deben estar «profundamente imbuidos del espíritu de la liturgia, y deben ser entrenados para desempeñar sus funciones de manera correcta y ordenada» (Sacrosanctum Concilium n.29)
- Debe estar en buena posición en la Iglesia y no tener oposición pública a las enseñanzas de la Iglesia.
- Debe ser un testimonio público de la fe y ser reconocido como tal en la parroquia donde ministran.
Nombramiento, Formación y Puesta en servicio
Nombramiento: Los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión son nombrados por el Obispo diocesano por un período de cinco años. Los pastores deben escribir una carta de intención al Director de la Oficina de Culto, que luego se presentará al Obispo. Esta carta debe designar claramente el tipo de ministerio para el cual el pastor desea el nombramiento (CEM en la Misa, CEM fuera de la Misa, CEM para exponer y reposar el Santísimo Sacramento). El Obispo emitirá un certificado que significa el nombramiento del ministro por un período de cinco años.