Para solicitar la liberación anticipada de la libertad condicional, deberá presentar una Moción para la Terminación Anticipada de la Libertad Condicional en la corte donde fue condenado. Debido a que este proceso requiere redactar un alegato formal ante el tribunal con los documentos adjuntos, se recomienda que solicite ayuda a un abogado. Idealmente, debe comunicarse con el abogado que lo representó cuando fue sentenciado, pero cualquier abogado de defensa penal privado o Defensor Público debería poder ayudarlo.
¿Necesita ayuda con sus formularios de la corte?
Recuerde, se recomienda que le pida a un abogado que lo ayude con su Moción para la Terminación Anticipada de la Libertad Condicional. Pero si no puede conseguir un abogado o quiere hacerlo por su cuenta, puede encontrar información útil en el sitio web de las Cortes de California:
- Limpieza de su expediente http://www.courts.ca.gov/1070.htmUnderstanding los fundamentos de los formularios de la corte http://www.courts.ca.gov/1078.htm
El proceso para presentar una Moción para la Terminación Anticipada de la Libertad condicional es el siguiente:
Escriba su Moción y los Documentos de respaldo.
No hay un formulario oficial de la corte para esta moción, por lo que usted o su abogado tendrán que escribir su propia moción. Su moción constará de estas 5 partes:
- Aviso de moción – Esto le dice al juez lo que usted quiere que haga. En otras palabras, le dice al juez que desea ser liberado antes de tiempo de la libertad condicional.Memorándum de Puntos y Autoridades: Esta sección explica la ley(sección 1203.3 (a) del Código Penal de California), los hechos sobre su situación individual y las pruebas que tiene para justificar su solicitud de libertad anticipada.Declaración
- : Esta es su declaración jurada de que todos los hechos sobre su situación individual son ciertos. Su Declaración debe incluir TODOS los hechos que utiliza para hacer sus puntos en su Memorándum y toda la información que desea decirle al juez para convencerlo de que conceda su solicitud.
- Orden propuesta – Este es el documento que firma el juez si le concede el alta anticipada y pone fin a su libertad condicional.
- Prueba de entrega: tendrá que entregar copias de sus documentos de la corte a las otras personas involucradas en su caso (generalmente el Fiscal de Distrito y el departamento de libertad condicional, pregunte al secretario de la corte si hay alguien más). La Prueba de Entrega prueba que usted dio copias a todos los que se suponía que las recibirían.
Haga copias& Presente su moción
- Una vez que su moción y otros documentos estén listos, haga copias para todos los que la reciban. Consulte con el secretario de la corte para ver cuántas copias necesitará. Por lo general, necesitará una copia para el fiscal de Distrito, una para el Departamento de Libertad Condicional y otra para sus propios registros, pero debe preguntarle al secretario si hay alguien más. También puede hacer una copia de cortesía para el juez. Cuotas de la corte:
Tenga en cuenta que el secretario le cobrará cuotas por presentar documentos ante la corte. El monto de las tarifas variará según el condado. Si no puede pagar las cuotas, puede solicitar una exención de cuotas (lo que significa que no tiene que pagar las cuotas). Pregúntele al secretario cuánto cuestan las cuotas y cómo solicitar una exención de cuotas.Traiga la moción original y todas las copias para presentarla al secretario en la corte donde fue condenado. El secretario presentará su petición, conservará la copia original para el expediente de la corte y le devolverá las copias que necesite para usted y para las otras partes (DA, departamento de libertad condicional, etc.).).
- Después de presentar su petición, el secretario le dará una fecha para una audiencia ante un juez. Pregúntele al secretario en qué sala estará su audiencia.
Servir a sus documentos de la corte en las otras partes
- Servicio oficial es el proceso de dar copias de sus documentos de la corte a otras personas relacionadas con el caso.
- Pregúntele al secretario de la corte si usted es responsable de hacer la entrega legal de sus documentos de la corte, o si el secretario lo hará directamente. Si el secretario le devuelve más de 1 copia cuando presenta sus documentos de la corte (vea el Paso 3), lo más probable es que esto signifique que usted es responsable de la entrega legal.
- Si el secretario dice que usted es responsable de la entrega legal, esto significa que debe asegurarse de que todas las partes necesarias (el fiscal de Distrito, el departamento de libertad condicional y cualquier otra persona que el secretario le diga) reciban una copia de su moción de documentos de la manera adecuada.
- Si usted es responsable de la entrega legal, asegúrese de que sus documentos se entreguen al fiscal de Distrito al menos 2 días antes de la fecha de audiencia en la corte. La ley requiere que le dé al fiscal de Distrito por lo menos 2 días de anticipación de su Moción para que él o ella también pueda prepararse para la audiencia.
Asistir a La Audiencia
- Cuando presente su Moción para la Terminación Anticipada de la Libertad Condicional, el secretario le dará una fecha en la corte para que su moción sea vista por un juez. ¡Debe ir a la corte para la audiencia en esa fecha y hora!
- En la audiencia, explicará al juez todas las razones por las que liberarlo de la libertad condicional antes de tiempo es «en interés de la justicia», en otras palabras, por qué merece ser liberado antes de tiempo de la libertad condicional y por qué estar fuera de la libertad condicional lo ayudará a lograr sus metas y evitar más dificultades. Usted debe hablar de todos los factores mencionados anteriormente, incluyendo (1) el cumplimiento exitoso de sus requisitos de libertad condicional y la satisfacción de todas las condiciones; (2) su buena conducta, esfuerzos en la rehabilitación y otros logros (trabajo, escuela, esfuerzos voluntarios, responsabilidades familiares, etc.).); (3) lo que ha aprendido y cómo ha cambiado desde su ofensa; y (4) por qué permanecer en libertad condicional le causará dificultades (por ejemplo, impedirle encontrar trabajo, asistir a la escuela, viajar para ver a su familia, etc.).).
- Si el juez le concede la libertad condicional anticipada o cambia su libertad condicional de cualquier otra manera, debe explicar las razones para hacerlo. Además, antes de que el juez firme la Orden para terminar oficialmente su libertad condicional, primero debe notificar a su oficial de libertad condicional.
Volver a presentar Su Moción
- Recuerde, la decisión de terminar su libertad condicional antes de tiempo depende completamente del juez. Sin embargo, si el juez rechaza su moción, puede volver a presentarla. Asegúrese de averiguar por qué el juez denegó su solicitud para que pueda solucionar el problema antes de volver a presentar la solicitud. Si hay algo que el juez quiere que usted incluya en su moción la próxima vez, asegúrese de incluirlo. Si hay algo que el juez quiere que usted haga antes de que él o ella está dispuesto a conceder su solicitud, asegúrese de hacerlo!
- Finalmente, aunque no hay límite para la frecuencia o cuántas veces puede volver a presentar, ¡no sea una molestia! ¡Lo último que quieras hacer es poner la decisión en manos de un juez molesto!
- 3318
Cal. R. de la Corte, Regla 3.1112.
- 3319
Cal. Código Penal § 1203.3 (b) (1).
- 3320
Cal. Código Penal § 1203.3 (a).
- 3321
Cal. Código Penal § 1203.3 (b).