Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Servicios Locales (LST-1)

Cómo Retener para sus Empleados:

Si la tarifa total de LST promulgada excede los $10, el impuesto debe evaluarse y recaudarse prorrateado determinado por el número de períodos de nómina establecidos por un empleador para un año calendario. El impuesto aplicado a cada empleado por un período de nómina se calcula dividiendo la tasa total del LST por el número de períodos de nómina establecidos por el empleador para el año calendario. Al calcular la parte prorrateada, los empleadores deben redondear hasta el centavo. Por ejemplo, un $52 impuesto será recaudado en $1 por semana para los empleados pagados semanalmente o a $4.33 por mes para los contribuyentes de pago mensual. Se cobraría un impuesto de 3 36 a 69 centavos por semana para los empleados pagados semanalmente, o a 3 3 al mes para los empleados que se pagan mensualmente.

Si la tasa total de LST promulgada es de 1 10 o menos, el impuesto se recaudará en una suma global.

Debe incluir una lista de empleados individuales y sus números de seguro social con su declaración trimestral.

Informes para Trabajadores Autónomos y Empleadores:

Si reporta las ganancias de su negocio como ganancias o pérdidas en un Anexo con el Gobierno Federal o Estatal (es decir, Anexo C o E), el formulario para LST individual, LST-3, debe presentarse trimestralmente si la tasa promulgada es mayor de $10.00. Si la tasa promulgada es de 1 10 o menos, el impuesto debe remitirse en una suma global durante el primer trimestre de empleo. Envíe el LST-3 para usted, además del LST-1 para sus empleados. Si no tiene empleados, indique «Sin empleados» en el formulario del primer trimestre y envíelo junto con el LST-3. Si se le emite un W-2 por ganancias comerciales, no debe presentar el LST-3. En este caso, reporte el Impuesto de Servicios Locales para usted junto con sus empleados en el formulario LST-1.

Exención de bajos ingresos:

Los empleadores ubicados en un área que tiene una tasa de LST que excede los 1 10, hay una exención de ingresos obligatoria para aquellos cuyos ingresos totales y/o ganancias netas son menores a $12,000.00 o $15,600 en áreas cuya tasa es mayor a $52.00. Tenga en cuenta que la misma exención de ingresos puede no aplicarse a la parte del impuesto del distrito escolar y puede resultar en un reembolso reducido. Los empleados deben presentar un certificado de exención anual para recibir la solicitud de exención. Los empleadores ubicados en áreas que no excedan de 1 10 pueden o no tener una exención para personas de bajos ingresos. Si un empleado excede la exención de bajos ingresos, los empleadores están obligados a retener un impuesto de suma global «de recuperación» igual a la cantidad de impuesto que no se le retuvo al empleado como resultado de la exención y continuar reteniendo la misma cantidad por período de pago que se retiene para otros empleados. Tenga en cuenta que la porción del distrito escolar puede no tener una exención de ingresos o puede ser menor que la exención municipal en la que esta porción del impuesto aún se debe. Si no se presenta una solicitud de exención y el empleado no cumple con el monto de la exención al final del año, el contribuyente puede presentar una solicitud de reembolso. El formulario de reembolso y el certificado de exención están disponibles en nuestro sitio web

¿Cómo puede un empleador crear una cuenta?

El empleador puede configurar una cuenta de 3 maneras.

  1. Formulario Electrónico de Registro de Empleador
  2. Descargue el Formulario de Registro de Empleador (PDF)& envíe un correo electrónico a [email protected]
  3. Descargue el Formulario de Registro de Empleador (PDF)& Fax (610) 588-5765 Attn: LISTA DE IMPUESTOS
  4. Llame a un representante de atención al cliente al (610) 599-3139 o Contáctenos

La información necesaria para configurar una cuenta es:

  • Nombre de la empresa
  • Dirección física de la ubicación comercial
  • Dirección postal si es diferente
  • Teléfono #
  • Fax #
  • Dirección de correo electrónico
  • Identificación federal

¿Dónde puedo localizar la tasa impositiva para una jurisdicción específica?

Si necesita información sobre las tasas de impuestos, haga clic aquí.

¿Cómo puedo averiguar en qué jurisdicción se encuentra mi negocio?

Si necesita localizar en qué jurisdicción se encuentra su negocio, haga clic aquí.

¿Con qué frecuencia se presenta una declaración?

Debe presentar una declaración trimestral. Sin embargo, algunas áreas pueden diferir de la siguiente tabla. Verifique la jurisdicción para la que está presentando la solicitud y sus fechas de vencimiento.

Cuarto Meses Debido En o Antes de:
1er Trimestre enero, febrero, Marzo el 30 de abril
2º Trimestre abril, Mayo, Junio 31 de julio
3er Trimestre julio, agosto, septiembre el 31 de octubre
4º Trimestre octubre, noviembre, diciembre el 31 de enero de 2020

¿Cómo puedo presentar una declaración?

Hay 3 maneras de presentar su declaración trimestral.

  1. Carga electrónica: Puede utilizar nuestro formato y cargar su archivo utilizando nuestro servicio en línea
  2. Entrada de datos: Puede presentar utilizando nuestro servicio en línea
  3. Puede descargar un formulario LST-1 de nuestro sitio web haciendo clic aquí.

El correo regresa a:

HAB-LST
Berkheimer
PO Box 25156
Lehigh Valley, PA 18002

Preguntas de carga de archivos electrónicos del empleador:

Puede obtener una copia de nuestros formatos a continuación. Si tiene alguna pregunta, no dude en llamar a nuestro Departamento de Atención al Cliente al (610) 599-3139 o Contáctenos

Formatos de Archivo de Impuestos de Servicios Locales para Empleadores

  • Empleador único
  • Empleador múltiple
  • EFW2-PA

¿Cómo se deben enviar los pagos?

  1. Puede enviar su pago con su formulario LST – 1 a la dirección que se indica a continuación.
  2. Si presenta la solicitud en línea, se le pedirá que pague en línea sin costos adicionales.

Envíe los pagos por correo a:

HAB-LST
Berkheimer
PO Box 25156
Lehigh Valley, PA 18002

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