SC J I Cr § 6-11 Defensa Personal – Combate Mutuo – Ley de Defensa Personal

Solicitudes de Carolina del Sur para presentar Cargos – Penales (2018)

DEFENSAS de la PARTE VI

§ 6-11 Defensa Personal – Combate Mutuo

Si el acusado participó voluntariamente en un combate mutuo con fines distintos de la protección, no puede justificar o excusar a la víctima en el curso de dicho conflicto en el en el progreso del combate, a menos que, antes de que se cometiera, se retirara y se esforzara de buena fe para declinar más conflictos, y, ya sea de palabra o de hecho, dar a conocer ese hecho a la víctima.

El combate mutuo existe cuando hay intención y voluntad mutuas de luchar. Intención mutua se manifiesta por los actos y la conducta de las partes y las circunstancias que concurran y hasta el combate. Además, debe demostrarse que ambas partes estaban armadas con un arma mortífera. El combate mutuo prohíbe un reclamo de defensa propia porque niega el elemento de no tener la culpa. La doctrina de combate mutuo se activa cuando ambas partes contribuyen a la lucha resultante. La defensa propia solo está disponible cuando el acusado no tiene culpa en provocar la dificultad.

Debido a que el combate mutuo requiere intención y voluntad mutuas de luchar, si se descubre que un acusado ha estado involucrado en un combate mutuo, no se puede establecer el elemento «sin culpa» de la defensa propia. El combate mutuo actúa como un obstáculo para la autodefensa porque requiere un acuerdo mutuo para luchar en igualdad de condiciones con fines distintos de la protección.

Si el acusado participa en un combate mutuo, la defensa propia no está disponible a menos que el acusado se retire del conflicto antes de que ocurra. Si, antes de que ocurra, el acusado se retira y lo juzga de buena fe para evitar nuevos conflictos, y, ya sea de palabra o de hecho, da a conocer ese hecho a la víctima, no tendrá culpa alguna al provocar la dificultad. Por lo tanto, si después de iniciar un asalto o iniciar un encuentro, el acusado se retiró de buena fe del conflicto y anunció de alguna manera a su adversario su intención de retirarse, se le restituye su derecho de legítima defensa, de modo que si su adversario lo persigue, el acusado puede, si cree razonablemente que está en peligro, herir o matar a su adversario. Dicha comunicación al adversario de la retirada por parte del acusado puede ser explícita y verbal, por el uso de palabras, o puede estar implícita en la conducta, como retirarse o intentar retirarse del lugar de los hechos y abandonar el conflicto.

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